Esto es una traducción, no el documento que firmas
El contrato original se otorga en alemán e inglés. Su cláusula 20.4 establece que, en caso de discrepancia entre ambas, prevalece la versión alemana. Esta traducción al español la publica Bhakti Marga España únicamente para que puedas entender su contenido: no tiene valor contractual y no sustituye al original.
La firma se realiza en un formulario de Bhakti Event GmbH, disponible solo en inglés. Los datos que introduzcas ahí quedan en la base de datos de esa entidad alemana, no en la de Bhakti Marga España.
Preámbulo
La Productora documenta en imagen y sonido los eventos religiosos, espirituales y culturales de la organización Bhakti Marga —incluidos, entre otros, Navaratri, eventos de Darshan, Babaji Day, Shivaratri, pujas, yagnas, rituales, festivales, satsangs, comentarios del Guru Gita, Soul Awakening, programas musicales y cualquier otro evento espiritual—. El objetivo es registrar y archivar las enseñanzas, la práctica espiritual, los rituales, la música y la comunidad en torno a Paramahamsa Sri Swami Vishwananda («Guruji»), y hacerlos accesibles a una comunidad interesada en lo espiritual a través de plataformas digitales, en particular la plataforma de medios Bhakti+ App, las retransmisiones en directo y los servicios de vídeo bajo demanda (VOD).
Durante el evento de Bhakti Marga, la Productora acompañará la celebración con un equipo de cámara y documentará en película el desarrollo, los rituales y los contenidos espirituales. La finalidad es crear un producto digital del evento que pueda ofrecerse tanto como retransmisión en directo en línea como en vídeo bajo demanda (VOD). A tal efecto, la Productora registra lo acontecido por medios cinematográficos en imagen y sonido y elabora con ese material una representación documental del evento que permite seguir la experiencia espiritual también en formato digital.
El foco de las grabaciones recae sobre Paramahamsa Sri Swami Vishwananda, sus discursos, explicaciones y bendiciones, los actos rituales (en particular yagnas, abhishekam y puja), las interpretaciones musicales y otras aportaciones espirituales de swamis, rishis y demás personas participantes. Las personas asistentes también pueden ser grabadas, en el marco de la documentación audiovisual, dentro de las zonas de grabación señalizadas. Las grabaciones podrán completarse con intervenciones de presentadores o comentaristas para profundizar en el contenido. Las grabaciones de imagen, sonido y vídeo obtenidas durante el evento («grabaciones en bruto»), junto con el producto final elaborado a partir de ellas, se denominan en lo sucesivo, de forma conjunta, la «Producción».
La persona participante toma parte voluntariamente en dichos eventos y acepta ser documentada en imagen y sonido dentro de las zonas de grabación señalizadas. Fuera de esas áreas no se realizarán primeros planos dirigidos a personas concretas.
La participación es voluntaria y responde a motivos espirituales. No se crea ninguna relación laboral, de servicios, de encargo ni sujeta a cotización a la Seguridad Social.
Las partes desean regular de forma completa y transparente el uso de las grabaciones de imagen y sonido resultantes, así como la cesión de los derechos asociados. Como contrapartida, la Productora facilitará después a la persona participante el acceso gratuito y por un periodo determinado a la «Bhakti App», una plataforma de medios con distintos contenidos de vídeo bajo demanda, en los términos previstos en este contrato.
Objeto del contrato y validez multipropósito
(1) Este contrato regula la participación de la persona participante en la grabación documental de todos los eventos espirituales de la organización Bhakti Marga en los que tome parte o en los que acceda a una zona de grabación. No es necesaria una nueva firma. La persona participante intervendrá en la Producción (en adelante, la «Producción») en calidad de asistente, permitiendo que su persona y sus actos sean documentados en palabra, imagen y sonido, y autorizando a la Productora a explotar las grabaciones de forma integral, en particular a emitirlas, transmitirlas y ponerlas a disposición del público de manera accesible y perceptible mediante retransmisión en tiempo real y vídeo bajo demanda (VOD), así como a explotarlas o hacerlas explotar de cualquier otro modo, con fines comerciales y no comerciales, en todos los formatos y medios (incluidas la publicidad y el merchandising). El término «Producción» comprende todo el material de rodaje y montaje registrado en el marco de los eventos de Bhakti Marga, así como las grabaciones sonoras y las fotografías.
(2) La Productora anunciará antes del inicio del evento el nombre de cada celebración (por ejemplo, «Navaratri», «Darshan», «Babaji Day», Commentaries, Soul Awakening, Shivaratri, etc.) y su fecha correspondiente.
(3) La Producción comprende:
- Grabaciones en directo
- Material en bruto
- Versiones montadas
- Retransmisiones en directo
- Formatos bajo demanda
- Material de archivo
- Fotografías y entrevistas (voluntarias)
- Fragmentos para redes sociales
- Grabaciones musicales y de rituales
(4) Con la firma de este acuerdo, la persona participante otorga a la Productora, con carácter exclusivo, su consentimiento para la grabación de su participación y de su aportación a la Producción, incluida la reproducción de su persona en palabra, imagen y sonido (incluidos imagen en movimiento, vídeo y película), y es consciente de que ello afecta a su derecho general de la personalidad, lo que autoriza expresamente. Esta autorización abarca tanto la grabación como la explotación de los registros en todos los medios, formatos y canales de distribución (también en tiempo real), la promoción en todos los medios y la transmisibilidad de este derecho a terceros para la explotación de la Producción. La persona participante podrá ser mostrada o representada en la Producción y en su promoción, y podrá ser identificada por su nombre. La Productora está asimismo facultada para grabar entrevistas con la persona participante, usarlas de forma integral, insertarlas total o parcialmente en una obra audiovisual y emplear la entrevista para promocionar la Producción en todos los medios.
(5) La Productora está facultada para editar las grabaciones en el marco de una cobertura documental (incluidos el montaje, la selección, el acortamiento, la combinación con otras grabaciones y la incorporación de comentarios). No se producirá distorsión del contenido ni representación desfigurada alguna.
(6) La persona participante no actúa como intérprete o actor en un papel determinado, sino que es enteramente libre en su conducta y en sus decisiones. No debe realizar acciones concretas, ni en un lugar ni en un momento determinados. En este marco actúa de forma autónoma y sin sujeción a instrucciones. La persona participante puede finalizar o interrumpir su participación en el evento en cualquier momento; las grabaciones ya realizadas siguen siendo explotables.
(7) La persona participante acepta ser grabada dentro de las zonas de grabación.
Duración del contrato y resolución
(1) La duración del contrato coincide con la del evento objeto del mismo. El contrato finaliza con la conclusión del evento.
(2) El contrato solo podrá resolverse por cualquiera de las partes por causa justificada. A tal efecto rigen las disposiciones legales. Toda resolución requiere forma escrita para ser eficaz.
(3) El derecho de resolución sin preaviso existe también cuando la Producción no pueda llevarse a cabo o continuarse por circunstancias no imputables a ninguna de las partes, tales como fuerza mayor, guerra, catástrofes naturales, epidemias, pandemias o circunstancias equiparables.
(4) La Productora está facultada para interrumpir o suspender el rodaje a corto plazo por razones técnicas de producción y por incidencias como las condiciones meteorológicas, enfermedad o indisponibilidad de las personas participantes.
Cesión de derechos
(1) La persona participante concede a la Productora todos los derechos y facultades necesarios para la grabación audiovisual de los eventos de la organización u organizaciones Bhakti Marga, así como para la explotación integral, ilimitada y mundial de las producciones que de ello resulten, y para la realización y explotación integral e ilimitada de la Producción. Ello comprende, en particular, los derechos de explotación de propiedad intelectual, los derechos afines y las facultades derivadas de los derechos de la personalidad que en su caso correspondan a la persona participante (en especial el derecho a la propia imagen y el derecho sobre la palabra hablada), así como el consentimiento para la exhibición y difusión de su nombre y su imagen con cualquier finalidad (incluidas la publicidad y el merchandising).
En particular, la persona participante cede a la Productora todos los derechos de autor, derechos afines y demás derechos y facultades, derechos de uso y de explotación, incluidos todos los derechos de protección conexos y las facultades derivadas de los derechos de la personalidad que se generen en el marco del objeto del contrato o de la Producción, sin limitación de contenido ni territorial, para su explotación mundial en todos los medios, formatos y canales de distribución (en línea y fuera de línea), por toda la duración del plazo legal de protección del derecho correspondiente, de forma exclusiva y transmisible a terceros. La cesión de derechos comprende, en particular, las prestaciones e interpretaciones artísticas de la persona participante, las imágenes de su persona, la palabra escrita y hablada, otras obras literarias, obras musicales, obras pantomímicas incluida la danza, obras de artes plásticas y de artes aplicadas, así como los bocetos de tales obras, las representaciones de carácter científico y técnico como dibujos, planos, esbozos y representaciones tridimensionales, las obras fotográficas y demás.
(2) La cesión de derechos comprende en particular los siguientes derechos de explotación exclusivos y transmisibles, derechos afines y demás derechos sobre la Producción:
- los derechos de grabación audiovisual, es decir, los derechos necesarios para registrar en imagen y sonido los eventos de la organización Bhakti Marga y para la explotación integral, ilimitada y mundial de las producciones resultantes, incluido el derecho a realizar una obra audiovisual y una producción cinematográfica;
- el derecho de producción cinematográfica y sonorización, es decir, el derecho a realizar la Producción utilizando la obra o partes de ella mediante cualquier procedimiento técnico conocido (grabaciones de cine, televisión, vídeo, fotografía y sonido, formato inmersivo fulldome de 360 grados, etc., en forma digital y no digital) y en todas las versiones lingüísticas (también subtituladas, dobladas, comentadas o en versión de voz superpuesta —incluso sin la lengua original— así como en forma ilustrada);
- el derecho de divulgación, es decir, el derecho a dar a conocer las grabaciones de los eventos de la organización Bhakti Marga (también en extractos) y el restante contenido de la obra y de la Producción, y a determinar el momento, la forma y las circunstancias de dicha divulgación, incluido el derecho de explotación en tiempo real mediante retransmisión en directo;
- los derechos de exhibición (cine y proyección), es decir, el derecho a hacer perceptible públicamente la Producción mediante instalaciones técnicas, con independencia de la configuración técnica del sistema de proyección y del soporte de imagen y sonido. Estos derechos abarcan en particular todos los formatos cinematográficos y de paso reducido (70, 35, 16 y 8 mm), así como los sistemas electromagnéticos y digitales, y comprenden la proyección con y sin fines comerciales. Se incluye el derecho a exhibir públicamente la Producción en ferias, exposiciones comerciales, festivales y eventos similares, así como a utilizarla mediante comunicación pública con fines de evaluación e investigación;
- el derecho de emisión y de retransmisión en directo, en particular el derecho a poner la Producción, en todo o en parte, a disposición del público cuantas veces se desee, de forma gratuita u onerosa, cifrada o sin cifrar, mediante emisiones analógicas y/o digitales (radio y televisión, transmisión por hilo, ondas hertzianas, láser, microondas o instalaciones técnicas similares), con independencia de la vía de transmisión —por cable, satélite, internet o redes móviles, o cualquier otra vía de banda estrecha o ancha, presente o futura—, mediante cualquier procedimiento técnico (analógico, digital, alta definición, en tiempo real, lineal o interactivo), con independencia del dispositivo de recepción (televisor, ordenador, consola, teléfono móvil, etc.), de la naturaleza jurídica del operador (televisión pública, confesional o privada), de su modelo de financiación (televisión comercial o no comercial) y de la relación jurídica entre emisor y receptor (uso institucional, con o sin pago de una contraprestación por la recepción de un canal o por el acceso a un programa, televisión de pago en cualquiera de sus modalidades, por ejemplo pay-per-view, pay-per-channel, pay-per-play, near video-on-demand, sistemas de descodificador, TV bajo demanda, TV en línea; VOD transaccional/TVoD, VOD por suscripción/SVoD, VOD gratuito, etc.). Se incluye el derecho de comunicación pública de las emisiones, es decir, en particular, el de hacerlas accesibles mediante cualquier procedimiento técnico a un círculo limitado de destinatarios (por ejemplo, circuito cerrado de televisión en hospitales, centros educativos, vehículos, aeronaves, hoteles, etc.). La emisión podrá realizarse también mediante señales de teletexto para el subtitulado;
- el derecho en línea y de puesta a disposición bajo demanda, es decir, el derecho a poner la Producción a disposición de una pluralidad de usuarios mediante técnicas digitales o de otra clase de almacenamiento y transmisión, de modo que puedan recibirla mediante acceso individual desde un ordenador, teléfono inteligente, tableta, televisor u otro dispositivo, incluido el uso interactivo («television-on-demand», «video-on-demand», «near-video-on-demand», «UMTS», etc.). Ello comprende la fabricación, reproducción y distribución de soportes de imagen y sonido en los que la Producción no esté almacenada en su integridad, de modo que la recepción por el usuario exija la transmisión separada e individualizada de la parte de datos que falte;
- el derecho de base de datos y de telecomunicaciones, es decir, el derecho a incorporar la Producción, o extractos o elementos de la misma, a bases de datos y redes de datos electrónicas y a transmitirla a los usuarios previa solicitud, de forma gratuita u onerosa, mediante técnicas digitales o analógicas de almacenamiento o transmisión, por cable, satélite, servicios telefónicos de datos electrónicos, servicios en línea u otras vías de transmisión, con fines de reproducción acústica y/o visual, duplicación, retransmisión y/o almacenamiento y uso interactivo mediante ordenador, televisor u otros dispositivos de recepción. Se incluye el derecho a transformar la Producción, en la medida en que resulte técnicamente necesario para tales fines;
- el derecho de videograma, es decir, el derecho a explotar las obras y la Producción, en todo o en parte, sin modificar o editadas, transformadas o desarrolladas, mediante su fabricación, reproducción y distribución con o sin fines comerciales (venta, alquiler, préstamo, etc.) en cualquier soporte físico o digital de imagen, sonido o datos, con independencia de su formato, para su reproducción privada, pública e interactiva. Comprende en particular todos los sistemas audiovisuales, cualquiera que sea su configuración técnica, e incluye el derecho a la explotación parcial o total, editada o sin editar (en especial la reproducción y distribución, incluidas la venta, el alquiler y el préstamo) de la Producción con o sin fines comerciales, en cualquier estándar de resolución (baja, estándar, alta definición, etc.), con independencia del método de compresión, de la tasa de datos y de que el soporte sea de una sola escritura o regrabable. Se incluyen finalmente los derechos de paso reducido, es decir, el derecho de reproducción y distribución de películas o casetes de paso reducido para su reproducción privada o pública. Se incluye asimismo el derecho a fabricar, reproducir, utilizar y distribuir soportes de imagen, sonido o datos de cualquier clase en los que la Producción esté almacenada de tal modo que su reproducción solo sea posible mediante la transmisión de información adicional («clave») a través de un descodificador;
- el derecho de reproducción y distribución, es decir, el derecho a reproducir y distribuir la Producción sin limitación en el marco de las modalidades de uso cedidas, incluso en soportes de imagen y sonido distintos de los empleados originalmente;
- el derecho de explotación digital, es decir, los derechos de digitalización parcial o total de las obras y de la Producción, incluido el tratamiento de datos necesario para la retransmisión en directo y/o el multiplexado, así como los de explotación editada o sin editar (en especial reproducción y distribución, incluidas venta, alquiler y préstamo) de la Producción con o sin fines comerciales en cualquier soporte digital de imagen, sonido o datos, con independencia de su formato, incluidos todos los sistemas electromagnéticos y/o electrónicos (por ejemplo, D-Cinema, E-Cinema, sistemas IMAX o HDTV) y todos los estándares de resolución (alta, estándar y baja definición), tasas de datos y métodos de compresión, con uso lineal o interactivo, e incluido el derecho a explotar las obras y la Producción en internet y a combinar los derechos de explotación digital, del modo que se estime, con los demás derechos de uso cedidos en virtud de este contrato;
- el derecho de transformación, es decir, el derecho a editar, transformar, alterar, acortar, dividir, recortar y combinar las obras y la Producción —así como las obras surgidas de la Producción mediante el ejercicio de los derechos cedidos en este contrato— empleando métodos analógicos, digitales o de otro tipo de tratamiento de imagen, respetando los derechos morales de autor; a combinarlas con otras obras y/o prestaciones (por ejemplo, concursos, encuestas o votaciones) y/o utilizarlas dentro de otros soportes de imagen, sonido o datos; a grabarlas, interrumpirlas, sustituir o modificar la música, insertar elementos multimedia o interactivos y referencias a otros archivos y/o equipos (enlaces, hipervínculos, etc.), sobreimpresionar indicaciones sobre vías de comunicación para el espectador o usuario en forma de números de teléfono (incluidos números especiales gratuitos o de pago), direcciones de internet o WAP u otras vías de telecomunicación, y a explotar el resultado de cada proceso de edición. Se incluye también el derecho, dentro del marco de la legislación vigente y en particular del Tratado Estatal alemán de Medios, a interrumpir o dividir la Producción para emitir durante la interrupción, o simultáneamente mediante pantalla partida, anuncios publicitarios, autopromociones y/o otros programas; así como el derecho a insertar una cortinilla o banner antes de la publicidad, menciones de patrocinio antes, durante y después de la Producción, y en la emisión en curso un rótulo de esquina y las correspondientes referencias visuales y/o acústicas (por ejemplo, a servicios de valor añadido gratuitos o de pago, páginas de internet o teletexto, etc.). Comprende asimismo el derecho a crear un sitio web para la Producción, incluido el derecho a explotarlo en el marco de los derechos de uso cedidos en este contrato, en particular mediante inserciones publicitarias (banners), o a promocionarlo y comercializarlo de cualquier otro modo. El derecho de transformación incluye la edición de la Producción o de elementos concretos de imagen y/o sonido en el marco de un uso interactivo;
- el derecho de doblaje, es decir, el derecho a doblar la Producción a la versión en lengua alemana (también a través de terceros), a redoblarla o a elaborar subtítulos y versiones con voz superpuesta;
- el derecho de festivales y ferias, es decir, el derecho a inscribir la Producción, en su totalidad o en extractos, para su participación en festivales, exposiciones (comerciales) y/o certámenes, así como a proyectarla públicamente y/o explotarla en ellos y en ferias y eventos similares;
- el derecho de merchandising, es decir, el derecho a explotar comercialmente la Producción mediante la fabricación y distribución de productos de toda clase (muñecos, juguetes, peluches, artículos deportivos, artículos de hogar, baño y cocina, prendas de vestir, impresos incluidos los cómics, fonogramas, prendas de cabeza, chapas, etc.) y/o en los medios señalados en el apartado 1.3, y/o mediante la comercialización de servicios de toda clase (por ejemplo, parques temáticos) que empleen sucesos, nombres, títulos, personajes, imágenes de una o de todas las personas participantes u otros elementos relacionados, con o sin vinculación con la Producción objeto del contrato; incluido el derecho a explotar la Producción, en todo o en parte, mediante la fabricación y distribución de juegos y videojuegos, incluidos los juegos interactivos, y/o de otras producciones multimedia, así como a utilizar y publicitar bienes y servicios empleando tales elementos o extractos editados o sin editar de las obras y de la Producción;
- los demás «derechos multimedia», es decir, los derechos de uso de la Producción en relación con técnicas de almacenamiento y transmisión analógicas, digitales, ópticas o de otro tipo (en especial en el ámbito de la televisión de pago, incluidos pay-per-channel, pay-per-view, vídeo bajo demanda, near-video-on-demand, servicios de descarga bajo demanda, servicios push y pull, etc.), también en conexión con programas informáticos, bases de datos, los soportes de almacenamiento mencionados en los apartados 6 y 8, videojuegos, juegos de ordenador y otros juegos u otras aplicaciones (salvapantallas, fondos de pantalla, animaciones, etc.). Se incluye el derecho a utilizar la Producción para aplicaciones y/o productos multimedia en los que textos, imágenes, música, material cinematográfico y/o de vídeo y datos se combinen en obras nuevas, así como para aplicaciones multimedia interactivas en las que terceros puedan influir, mediante conexiones técnicas, en el contenido, el desarrollo o el orden de reproducción y/o de uso del producto;
- el derecho de publicidad y de explotación de extractos, es decir, la facultad de utilizar extractos de la Producción con fines publicitarios en el marco de las modalidades de uso cedidas en este acuerdo, también como parte de una base de datos, o de explotarlos dentro de otras producciones (por ejemplo, emisión o proyección en avances de programación, explotación de fragmentos, publicidad tie-in); así como el derecho a promocionar la Producción del modo habitual en el sector (por ejemplo, en televisión, en cine, en videogramas, a través de redes de comunicación mundiales —en particular internet— o en publicaciones impresas). Ello comprende el derecho a producir, reproducir y distribuir sinopsis de contenido y otros impresos breves derivados de la Producción, así como otros materiales publicitarios en la medida habitual. Este derecho incluye también la facultad de utilizar imágenes, nombres y biografías de quienes intervienen en la Producción y otros elementos de esta. Se incluye el derecho a publicitar la Producción y su explotación integral empleando sucesos, nombres, títulos, personajes, imágenes u otros elementos relacionados con las prestaciones contractuales y con la Producción, así como mediante el uso de extractos editados o sin editar de dichas prestaciones y de la Producción, por ejemplo en avances de programación, emisiones de televisión, salas de cine (tráileres, teasers, etc.) o publicaciones impresas (anuncios, carteles, pósteres, avisos de programación, etc.). Comprende asimismo el derecho a utilizar la Producción, en todo o en parte, sin modificar o editada, transformada o desarrollada, en el marco de la publicidad o presentación de la PRODUCCIÓN y/o de un licenciatario, así como de otros terceros implicados en su realización y/o explotación —por ejemplo, en catálogos, folletos, promo o show reels, showcases, convocatorias de premios, concursos, votaciones y llamamientos análogos—, y a explotarla en el marco de los derechos de uso cedidos en este contrato;
- el derecho accesorio de impresión, es decir, el derecho a producir, reproducir y distribuir sinopsis de contenido de la obra con fines de promoción de la Producción, así como el derecho a elaborar un «libro de la película»;
- la cesión de derechos comprende expresamente el uso de las grabaciones y de la Producción en todas las plataformas digitales de la organización Bhakti Marga, incluidas, entre otras, la «Bhakti+ App», las aplicaciones móviles, los sitios web, los servicios de streaming, las plataformas de suscripción, los canales de redes sociales, las mediatecas digitales y cualesquiera sistemas interactivos o basados en bases de datos. Ello comprende en particular la explotación en el marco de ofertas bajo demanda, funciones de streaming, usos dentro de la aplicación, retransmisiones en directo desde la aplicación, contenido push, funciones de descarga o de acceso, así como todas las formas de uso técnicas o digitales futuras;
- el derecho de edición, es decir, el derecho a editar, transformar y explotar parcialmente las grabaciones, así como a combinarlas y mezclarlas con otras obras y producciones, y a explotar o hacer explotar el resultado de dicho proceso de forma igualmente integral e ilimitada;
- las facultades derivadas de los derechos de la personalidad, en particular el derecho a la propia imagen y el derecho sobre la palabra hablada, así como la facultad de exhibir públicamente y difundir la imagen de la persona participante en el marco de la Producción y en relación con acciones publicitarias y de merchandising referidas a la misma (en línea y fuera de línea).
(3) Se incluye igualmente el derecho a explotar todo el restante material de rodaje y montaje que se genere o se haya generado en relación con la Producción; en particular, escenas descartadas, tomas falsas, material del rodaje entre bastidores, pruebas de cámara e imágenes fijas, así como las fotografías y grabaciones sonoras que las acompañen.
(4) Se ceden asimismo los derechos de remuneración de propiedad intelectual, es decir, el derecho a ejercer las pretensiones de remuneración previstas en la Ley alemana de Propiedad Intelectual (UrhG) y/o en disposiciones equivalentes de otros países que solo puedan ser ejercidas por una entidad de gestión colectiva, en lo relativo a los derechos del productor. Las pretensiones de propiedad intelectual de las personas individuales permanecen en manos de sus respectivos titulares.
(5) Todos los derechos se ceden con carácter exclusivo y transmisible, es decir, la Productora está también facultada para cederlos a terceros con carácter simple o exclusivo y/o para autorizar su uso por terceros. La Productora podrá ejercer los derechos cedidos individualmente o en cualquier combinación.
(6) Las partes de este contrato parten de que al mismo le resultan de aplicación complementaria los criterios de la UrhG, en particular las disposiciones especiales sobre obras cinematográficas de los §§ 88-95 UrhG, y de que los derechos son transmisibles.
(7) Derechos morales de autor; intransmisibilidad; renuncia y consentimiento. Las partes reconocen que determinados derechos morales de autor, facultades derivadas de los derechos de la personalidad o derechos equiparables —en particular los derechos de reconocimiento de la autoría, de integridad de la obra, de divulgación, de modificación, de retirada o de protección frente a la deformación— pueden ser, conforme al Derecho aplicable, total o parcialmente intransmisibles, irrenunciables o solo limitadamente disponibles. En la máxima medida permitida por la ley, la persona participante renuncia por la presente de forma expresa, irrevocable e incondicional:
- (a) a todos aquellos derechos a los que quepa renunciar válidamente;
- (b) a hacer valer, ejercer o exigir tales derechos frente a la Productora, sus empresas vinculadas, sucesores, licenciatarios, sublicenciatarios, distribuidores, cesionarios u otros terceros autorizados; y
- (c) a oponerse a cualesquiera usos, ediciones, modificaciones, acortamientos, traducciones, doblajes, combinaciones, digitalizaciones, publicaciones, comunicaciones públicas, distribuciones, explotaciones comerciales u otras formas de explotación de la Producción y de las aportaciones de la persona participante previstas en este contrato.
En la medida en que tales derechos no puedan cederse o excluirse válidamente conforme al Derecho aplicable —en particular conforme al Derecho alemán o a otros ordenamientos que reconozcan derechos morales de autor irrenunciables—, la persona participante otorga a la Productora un consentimiento y una autorización expresos, irrevocables, ilimitados en el tiempo, el espacio y el contenido, transmisibles y sublicenciables, para realizar todos los actos necesarios para la producción, uso, reproducción, transformación, modificación, doblaje, distribución, comunicación pública, comercialización, archivo, explotación en streaming y demás explotación integral de la Producción en todos los medios, formatos y procedimientos técnicos, actuales y futuros, en la máxima medida permitida por la ley.
La persona participante se compromete además, en la máxima medida permitida por la ley, a no ejercer ni invocar tales derechos intransmisibles de un modo que menoscabe, restrinja, dificulte o impida la producción, distribución, explotación, comercialización, licencia o uso continuado lícitos de la Producción por la Productora o por terceros autorizados. Ninguna disposición de este contrato podrá interpretarse en el sentido de autorizar usos contrarios a normas legales imperativas o que constituyan una deformación ilícita, un menoscabo o un trato injurioso de la persona participante o de sus aportaciones.
(8) Las partes acuerdan que no existe obligación alguna de explotar comercialmente los derechos y facultades objeto de este contrato. Respecto de un eventual derecho de revocación que corresponda a la persona participante conforme al § 41 UrhG, rigen las disposiciones legales.
(9) La duración de la cesión de derechos y facultades es independiente de la extinción de este contrato, cualquiera que sea su causa. La extinción o resolución del contrato no afecta a la cesión de derechos ni al consentimiento otorgado respecto de las facultades derivadas de los derechos de la personalidad. Un eventual derecho legal de revocación queda a salvo.
(10) Con el cumplimiento de las obligaciones de la Productora conforme al § 5 quedan íntegramente satisfechas todas las pretensiones de la persona participante por la cesión de derechos y facultades (incluidos los consentimientos relativos a los derechos de la personalidad).
(11) En relación con la Producción, la persona participante cede además a la Productora los eventuales derechos que le correspondan sobre modalidades de uso desconocidas en el momento de la celebración del contrato. Conforme al § 31.4 UrhG, esta cesión comprende también las modalidades de uso futuras, hoy aún desconocidas.
(12) Las grabaciones de imagen, sonido y vídeo generadas en el marco de los eventos se conservarán de forma permanente con fines de documentación, archivo, formación espiritual y publicación. No se establece límite temporal alguno al archivo, salvo que lo impidan disposiciones legales imperativas.
(13) Transmisión de señal y distribución ROW. Los derechos cedidos comprenden expresamente el derecho de la Productora a poner a disposición del público, a través de la plataforma Bhakti+, la señal en directo y/o la señal bajo demanda generada en el marco de la Producción, y a conceder a terceros —en particular a la Bhakti Marga Church (BM US)— el derecho a distribuir o vender el acceso a dicha señal a usuarios fuera de la UE/EEE (resto del mundo, ROW). La explotación por Bhakti Marga US Church se realizará exclusivamente como distribución de acceso o de plataforma; no comprende la publicación autónoma ni la cesión de los archivos de la Producción, salvo pacto expreso por escrito.
Garantía de derechos
(1) La persona participante garantiza a la Productora la existencia de los derechos que le cede en virtud de este contrato y declara que no los ha cedido a terceros ni total ni parcialmente, que están libres de derechos de terceros y que no existen derechos ni facultades de terceros que se opongan a la cesión en el alcance previsto en el contrato. Garantiza asimismo no haber encomendado a terceros la gestión de los derechos y facultades objeto del contrato.
(2) En el marco de la garantía anterior, la persona participante mantiene indemne a la Productora y a todos sus socios contractuales o sublicenciatarios frente a cualquier reclamación de terceros y responde de todos los daños que se deriven de ello, en particular de los gastos necesarios y razonables de defensa jurídica.
Obligaciones de la Productora
Como contraprestación, la Productora se obliga a facilitar a la persona participante, tras el evento, un acceso válido durante tres (3) meses a la plataforma de medios «Bhakti+» para consultar el producto de vídeo bajo demanda «Bhagavad Gita 2016» (comentario).
Reembolso de gastos
La Productora no reembolsará los eventuales gastos ni demás costes en que incurra la persona participante. Excepcionalmente, los gastos y/o costes autorizados por escrito por la Productora solo se reembolsarán previa presentación de los justificantes conforme a la normativa y las directrices fiscales.
Zonas de grabación
(1) La Productora está facultada para delimitar, en el marco de cada evento, áreas espacialmente diferenciadas, claramente reconocibles y debidamente señalizadas en las que se realizan grabaciones de imagen, sonido y vídeo (en adelante, cada una de ellas, «zona de grabación»).
(2) Se consideran zonas de grabación, en particular aunque no de forma exhaustiva, las siguientes áreas:
- el área situada delante del altar;
- el área en las inmediaciones de Paramahamsa Sri Swami Vishwananda («Guruji»);
- las áreas de los músicos participantes;
- las primeras filas de asientos o de pie del recinto del evento;
- las zonas rituales, ceremoniales y de culto;
- así como todas las zonas expresamente señalizadas como áreas de cámara.
(3) La delimitación espacial, señalización, ampliación, traslado o supresión de cada zona de grabación queda al exclusivo criterio organizativo y técnico-productivo de la Productora y puede realizarse también con poca antelación, siempre que quede garantizada la identificabilidad de la zona de grabación para las personas asistentes.
(4) Las zonas de grabación sirven para llevar a cabo de forma dirigida el registro documental del evento. Las grabaciones se realizan predominantemente dentro de estas zonas.
(5) Las grabaciones se realizan predominantemente en dichas áreas.
Contrato marco y activación
(1) El presente acuerdo se celebra como contrato marco de carácter permanente. Se aplica tanto a la Producción objeto del contrato como a todas las producciones, eventos, peregrinaciones o formatos audiovisuales futuros de la Productora en los que la persona participante tome parte.
(2) Los derechos otorgados en este contrato se activan para cada producción o evento concreto en el momento en que la persona participante entra conscientemente en una zona de grabación señalizada o permanece en ella.
(3) Entrar en una zona de grabación no constituye la celebración de un nuevo contrato, sino que se considera activación y confirmación tácitas de la cesión de derechos ya otorgada en virtud de este contrato para la producción correspondiente.
(4) No se requiere una nueva firma ni un consentimiento independiente.
(5) Los derechos otorgados mantienen su vigencia temporal, territorial y material en el alcance acordado y no son libremente revocables, sin perjuicio de las disposiciones legales imperativas.
Consentimiento expreso: datos sensibles
(1) La persona participante es consciente de que, durante el evento, se realizan grabaciones de imagen, sonido e imagen en movimiento de las que pueden deducirse, directa o indirectamente, sus convicciones religiosas o filosóficas.
(2) La persona participante consiente expresamente, conforme al art. 9.2.a RGPD, que dichas grabaciones puedan producirse, almacenarse, editarse, archivarse y ponerse a disposición del público en todo el mundo, en todas las modalidades de explotación conocidas y desconocidas, en particular en el marco de servicios de streaming y de vídeo bajo demanda (VOD) —incluida la «Bhakti+ App»—, en sitios web y canales de redes sociales, así como con fines de documentación, archivo y marketing.
(3) El consentimiento comprende la puesta a disposición reiterada y permanente de las Producciones en plataformas digitales, así como su conservación en los archivos audiovisuales de la Productora.
(4) El consentimiento se presta de forma voluntaria y puede revocarse en cualquier momento con efectos para el futuro.
(5) La revocación no afecta a la licitud del tratamiento realizado hasta el momento de la revocación. En caso de revocación, las Producciones ya realizadas y publicadas, así como los contenidos derivados de ellas, no tendrán que retirarse ni modificarse a posteriori, siempre que su uso ulterior se base en la cesión de derechos otorgada contractualmente y no concurran, en el caso concreto, intereses preponderantes dignos de protección.
Grabaciones fuera de las zonas
(1) También fuera de las zonas de grabación señalizadas pueden realizarse, durante el evento, grabaciones de imagen, sonido e imagen en movimiento.
(2) El consentimiento expreso otorgado en el § 10 conforme al art. 9.2.a RGPD se extiende asimismo a dichas grabaciones.
(3) Las zonas de grabación sirven para señalizar organizativamente las situaciones de grabación especialmente intensivas y no constituyen una limitación de los derechos otorgados contractualmente ni del consentimiento prestado.
(4) No existe derecho a quedar totalmente excluido de las tomas generales, de grupo o de situación, siempre que no se produzca un destaque individual deliberado y no concurran, en el caso concreto, intereses preponderantes dignos de protección.
Vigencia del material ya grabado
(1) En la medida en que las grabaciones se hayan realizado lícitamente dentro de una zona de grabación o en el marco del evento, sobre la base de este contrato y del consentimiento prestado, su uso sigue siendo lícito en el alcance otorgado contractualmente.
(2) Una revocación posterior del consentimiento en materia de protección de datos, o el cese de la participación en eventos posteriores, no afecta a la licitud de la producción y del uso realizados hasta ese momento.
(3) Las Producciones ya realizadas y los contenidos derivados de ellas (en particular, versiones de archivo, montajes, tráilers o publicaciones en plataformas) pueden seguir utilizándose, siempre que no concurran, en el caso concreto, intereses preponderantes de la persona interesada dignos de protección.
(4) Los derechos legales imperativos permanecen inalterados.
Contraprestación
(1) Como contraprestación por su participación y por la cesión de los derechos regulados en este contrato, la persona participante recibe acceso gratuito a la plataforma audiovisual «Bhakti+ App» para el producto de vídeo bajo demanda (VOD) «Bhagavad Gita 2016 Commentary», durante un plazo de tres (3) meses.
(2) Las partes acuerdan que esta contraprestación remunera de forma global y definitiva tanto la participación como la cesión de derechos.
(3) No se adeuda ninguna remuneración adicional ni participación alguna en el éxito económico de la Producción, salvo pacto expreso en contrario por escrito.
(4) Las partes coinciden en que este contrato no da lugar a una relación laboral, de servicios ni de arrendamiento de obra.
(5) Los derechos legales imperativos permanecen inalterados.
Derechos de imagen y personalidad
(1) La persona participante autoriza a la Productora a utilizar su imagen, su voz, su nombre y su apariencia externa en el marco de las Producciones y de las modalidades de explotación reguladas en este contrato.
(2) La autorización se otorga sobre base contractual, en relación con la cesión de derechos acordada.
(3) La Productora se compromete a salvaguardar los intereses legítimos de personalidad de la persona participante y a no realizar ninguna representación deformante o denigrante.
(4) Los consentimientos en materia de protección de datos y su revocación se rigen exclusivamente por el § 11 de este contrato.
Renuncia a medidas cautelares
(1) Para el supuesto de que la persona participante alegue un incumplimiento del contrato, una vulneración de sus derechos y facultades y/o cualquier otro conflicto relacionado con la Producción, las partes acuerdan que dicho conflicto se dirimirá exclusivamente entre ellas, sin que pueda perturbarse, obstaculizarse ni impedirse la explotación de la Producción. En particular, la persona participante renuncia a ejercitar acciones de cesación y/o de remoción por la vía de las medidas cautelares, salvo que se trate de una vulneración grave y grosera de sus derechos de la personalidad.
(2) La responsabilidad de la Productora por los daños y la pérdida de objetos de propiedad y/o en posesión de la persona participante queda limitada al dolo y a la culpa grave. La Productora no está obligada, expresamente, a contratar un seguro para los objetos aportados por la persona participante.
Protección de datos
(1) La Productora trata datos personales de la persona participante en relación con el presente contrato.
(2) Los detalles sobre el tratamiento de datos, en particular sobre las finalidades, las bases jurídicas, el plazo de conservación y los derechos de las personas interesadas, se recogen en la información de protección de datos independiente, que forma parte integrante de este contrato.
(3) El tratamiento de categorías especiales de datos personales se basa en el consentimiento expreso otorgado conforme al art. 9.2.a) del RGPD.
Confidencialidad
(1) La persona participante se compromete a mantener la confidencialidad sobre la información no pública que llegue a su conocimiento con motivo de su participación y que esté marcada como confidencial o sea reconocible como tal por su propia naturaleza.
(2) Se incluyen aquí, en particular, los procesos internos de producción, los contenidos no publicados, la información técnica u organizativa y cualquier otra información no destinada a su difusión pública.
(3) Esta obligación no se aplica a la información: a) que ya fuera de dominio público en el momento de su revelación; b) que pase a ser pública sin infringir el presente contrato; o c) cuya revelación venga exigida por ley.
(4) La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente incluso tras la finalización del presente contrato.
Responsabilidad
(1) La responsabilidad de la Productora por daños —cualquiera que sea su fundamento jurídico— queda limitada a los casos de dolo y culpa grave.
(2) No se ve afectada la responsabilidad por daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
(3) En caso de incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales, la Productora responderá también por culpa leve, si bien limitada al daño previsible y propio de este tipo de contrato.
(4) Los supuestos de responsabilidad legalmente imperativos quedan inalterados.
Duración y alcance del contrato
(1) El presente contrato se celebra como contrato marco entre la persona participante y Bhakti Event GmbH en calidad de Productora. Se aplica al evento objeto del contrato, así como a los futuros eventos espirituales en los que Bhakti Event GmbH actúe como Productora y en los que participe la persona participante.
(2) En caso de que la persona participante ya hubiera intervenido en el pasado en eventos en los que Bhakti Event GmbH actuó como Productora, confirma que las grabaciones realizadas en el marco de dicha participación pueden utilizarse en la medida acordada contractualmente, siempre que no se opongan a ello derechos expresamente declarados en contrario.
(3) Para eventos futuros, el presente contrato se mantendrá vigente automáticamente siempre que Bhakti Event GmbH actúe como Productora. La persona participante puede oponerse por escrito a la aplicación de este contrato a eventos futuros antes del comienzo de los mismos. Dicha oposición surtirá efecto exclusivamente respecto del evento futuro concreto.
(4) Los derechos de uso otorgados conforme al § 3 se conceden sin límite temporal. Ni la oposición prevista en el apartado (3) ni el cese de la participación en eventos futuros afectan a los derechos ya otorgados.
(5) La cesión de derechos se realiza exclusivamente en favor de Bhakti Event GmbH como Productora. La Productora está facultada para utilizar por sí misma los derechos otorgados en todo el mundo, así como para cederlos total o parcialmente a organizaciones de Bhakti Marga vinculadas a ella, en particular a Bhakti Marga Church US, así como a proveedores de servicios técnicos, operadores de plataformas o socios de distribución, o para otorgarles los correspondientes derechos de uso.
(6) El material de imagen, sonido y vídeo ya producido de forma lícita seguirá siendo utilizable en la medida otorgada contractualmente. Los derechos legales imperativos quedan inalterados.
Fuero y ley aplicable
El contrato se rige por el Derecho de la República Federal de Alemania. El fuero exclusivo es, en la medida en que resulte legalmente admisible, el del domicilio social de la Productora.
Disposiciones varias
(1) Las modificaciones, adiciones y la resolución del presente contrato requieren forma escrita para su validez. Solo cabe renunciar por escrito a este requisito de forma escrita.
(2) No existen acuerdos verbales accesorios.
(3) Si alguna de las disposiciones de este contrato fuera o llegara a ser total o parcialmente nula, la validez de las restantes disposiciones no se verá afectada. En tal caso, las partes contratantes se esforzarán por negociar una disposición sustitutiva válida y razonable, y por reemplazar la disposición o disposiciones nulas por aquellas que más se aproximen a la finalidad económica perseguida por las partes con la disposición nula.
(4) El presente contrato se otorga en lengua alemana y en lengua inglesa. Ambas versiones lingüísticas son vinculantes. En caso de discrepancia, contradicción, ambigüedad o conflicto entre la versión alemana y la inglesa, prevalecerá exclusivamente la versión en lengua alemana, que será la jurídicamente vinculante.
¿Dudas sobre este documento?
El contrato lo gestiona Bhakti Event GmbH (Am Geisberg 4, 65321 Heidenrod-Springen, Alemania), que es quien recibe y conserva el formulario firmado. Si tienes preguntas sobre tu entrada o sobre el tratamiento de tus datos por parte de Bhakti Marga España, escríbenos a shopes@bmcountry.org. Para ejercer tus derechos sobre las grabaciones: dataprotection@bhaktimarga.org.